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Reforma elección judicial de Puebla: jueces y magistrados podrán enfrentar juicio político

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En 60 segundos

Se propone que los integrantes del Poder Judicial del Estado se sometan a juicio político para ser juzgados.

Con la reforma para la elección judicial de Puebla de Alejandro Armenta, los jueces y magistrados podrán ser sometidos a juicio político.

El gobernador Alejandro Armenta envió al Congreso del Estado una reforma a la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado.

La iniciativa de reforma es parte del paquete de modificaciones para regular la elección judicial en el estado de Puebla.

En la propuesta, se propone que los integrantes del Poder Judicial del Estado se sometan a juicio político para ser juzgados.

Esto incluye a Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y del Tribunal de Disciplina Judicial.

También se considera a jueces de primera instancia y a integrantes del Órgano de Administración judicial.

Esto servidores públicos serían sometidos a juicio político debido a que ahora serán electros mediante voto popular, libre y secreto.

¿Cómo es el proceso de juicio político?

Una vez que se presente la denuncia a Secretaría General del Congreso y se ratifique dentro de tres días naturales, se pasará a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Si se acredita que la denuncia es procedente, la denuncia se enviará a la Comisión Instructora para realizar las diligencias necesarias para comprobar la conducta o hecho denunciado.

Las declaraciones o resoluciones aprobadas por el Congreso se comunicarán al Tribunal de Disciplina Judicial, si se tratase de alguno de los integrantes del Poder Judicial Estatal.

De acuerdo con la ley, sólo podrá iniciarse juicio político durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión, o dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.

Las sanciones se aplicarán en un período no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento, y el Congreso del Estado valorará la existencia y gravedad de los actos u omisiones.

Si la resolución es condenatoria, se sancionará al servidor público con destitución, o se impondrá inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público, de uno a diez años.

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