El gobernador Alejandro Armenta Mier mandó la reforma el Código electoral para regular la elección judicial Puebla.
El mandatario estatal envió un paquete de reformas a leyes secundarias para regular la organización, desarrollo y validación de la elección de jueces y magistrados.
La propuesta surge tras la reforma constitucional federal que permite elegir por voto popular a integrantes del Poder Judicial del Estado.
Esta elección del Poder Judicial se empalmará con la elección de diputados locales y presidentes municipales de 2027.
El documento plantea armonizar la legislación estatal con el nuevo modelo nacional de integración del Poder Judicial.
La iniciativa establece que magistradas, magistrados, juezas y jueces del estado serán electos mediante voto universal, libre, secreto y directo.
En la reforma al Código Electoral se excluye la participación de partidos políticos en la postulación de candidaturas y en las campañas.
Queda prohibido que partidos políticos, servidores públicos o ministros religiosos hagan actos de proselitismo a favor de candidaturas judiciales.
Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial enviarán listas para elección judicial Puebla
El Congreso del estado emitirá la convocatoria general dentro de los 30 días naturales siguientes a la instalación del primer periodo ordinario de sesiones del año anterior al de la elección.
La convocatoria define cuántas candidaturas habrá por cargo, criterios de paridad de género y los requisitos legales que deben cumplir las personas aspirantes.
Tras su publicación, cada Poder del Estado integrará Comités de Evaluación encargados de revisar perfiles y seleccionar aspirantes.
Las personas interesadas deben registrarse y presentar documentación que acredite su trayectoria profesional y el cumplimiento de requisitos legales.
Los comités verificarán los requisitos y publicarán la lista de aspirantes que cumplen con las condiciones para participar.
Después se llevará a cabo una evaluación de idoneidad, donde se analiza la experiencia, trayectoria jurídica y capacidades profesionales de cada aspirante.
Se realizará una insaculación pública para seleccionar a las personas que integrarán las candidaturas finales.
Una vez seleccionadas, las candidaturas son integradas en un listado final que el Congreso del Estado envía al Instituto Electoral.
La fecha límite para remitir el listado de candidaturas judiciales es el 12 de febrero del año de la elección.
Estas serán las etapas del proceso electoral judicial
El Instituto Electoral del Estado (IEE) preparará la elección, realizará cómputos, asignará cargos y declarará la validez de los resultados.
El proceso electoral judicial incluirá siete etapas: convocatoria, preparación de la elección, campaña, jornada electoral, cómputos, asignación de cargos y declaración de validez.
La etapa de postulación de candidaturas para la elección de las personas juzgadoras inicia con la publicación de la convocatoria, y a más tardar el 12 de febrero del año de la elección.
La preparación de la elección inicia con la primera sesión que el Consejo General del IEE en los primeros 10 días de noviembre del año previo a la elección, y concluye al inicio de la jornada electoral.
La etapa campaña tendrá una duración de 60 días improrrogables y concluirá tres días antes de la jornada electoral correspondiente.
No se contará con un periodo de precampañas, ni podrán realizarse actos anticipados de campaña.
La jornada electoral de la elección de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado inicia a las 8 horas del primer domingo de junio del año que corresponda.
Esta etapa concluirá con la clasificación y conteo general de boletas por tipo de elección y la remisión de los paquetes electorales a los Consejos Distritales Judiciales del IEE.
Los cómputos y sumatoria de la elección comenzará con la instalación de la sesión permanente de cómputo, que iniciará a más tardar el martes siguiente a la jornada electoral.
Esta etapa terminará con la sumatoria de los cómputos que a nivel estatal, regional o por zona conurbada realice el Consejo General del IEE.
Esto podrán y no podrán hacer los candidatos al Poder Judicial
Durante las campañas, las personas candidatas solo podrán difundir su trayectoria profesional, experiencia y propuestas sobre impartición de justicia.
El documento prohíbe prometer resoluciones específicas de casos o comprometer la imparcialidad judicial.
Se establecerá que la propaganda no podrá incluir símbolos, colores o lemas relacionados con partidos políticos.
La reforma también garantiza el principio de paridad de género en candidaturas y asignación de cargos judiciales.
Para participar como candidatos se requerirá, entre otros requisitos, estar inscritos en el padrón electoral y no haber sido sancionado por violencia política o familiar.











