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La Junta de Gobierno del Congreso local definirá si este jueves presentan la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado.
A poco menos de un mes de aprobarse la Ley de ciberasedio en Puebla, el Congreso del Estado presentaría esta semana la iniciativa de reforma al Código Penal local.
Tras dos mesas de trabajo en donde se presentaron propuestas de modificación a la redacción del delito de ciberasedio. Los diputados evalúan presentar la propuesta de reforma al Pleno.
La Junta de Gobierno del Congreso local enlistó la iniciativa en el orden del día de la sesión ordinaria de Pleno de este jueves.

Después de las reuniones de los diputados, la propuesta es ampliar el concepto del delito de ciberasedio, reducir las penas mínimas. Como incluir agravantes cuando las víctimas son grupos vulnerables y exclusión para que servidores públicos puedan denunciar.
La presidenta del Congreso local, Laura Artemisa García, indicó que el procedimiento será presentar la iniciativa en el pleno. Posteriormente mandar a receso la sesión y aprobarla en Comisión de Procuración de Justicia y regresar a Pleno para aprobar el proyecto de dictamen
Ciberasedio aplicará cuando sean actos de vigilancia reiterada y sistemática
El Congreso local aprobó a mediados de junio la reforma al Código Penal de Puebla para definir este nuevo delito:
“Comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.
No obstante, los señalamientos de ambigüedad en la definición de este delito provocaron los foros ciudadanos de análisis y las mesas de trabajo.

La mas reciente propuesta de redacción del delito se plantea que serán considerado ciberasedio los actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona.
Para que encaje en la definición de ciberasedio, estos actos deberán ser cometidos de manera reiterada y sistemática.
Dichos actos deberán tener la finalidad de alterar la vida cotidiana, perturbar la privacidad o dañar la integridad física o emocional de la persona agraviada.
“Comete el delito de ciberasedio quien, a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona, con la finalidad de alterar su vida cotidiana, perturbar su privacidad o dañar su integridad física o emocional”.
Asimismo, para determinar la existencia del delito, la autoridad deberá considerar el contexto de los hechos, por lo que no será una situación aislada.

Pena mínima por ciberasedio se reduciría a seis meses de cárcel
Actualmente, a quien cometa ciberasedio se le impondrá de 11 meses a 3 años de prisión y multa de 50 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Si la víctima es menor de edad, la sanción aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima, llegando a los 5 años de cárcel.
Pero en la nueva propuesta, a la persona responsable se le impondría de 6 meses a 3 años de prisión.
Asimismo, cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, la sanción se aumentará una tercera parte de la pena mínima y hasta dos terceras partes de la pena máxima, mantienen la sanción de hasta 5 años de cárcel.
Ciberasedio será investigado de oficio cuando víctimas sean niños
Uno de los puntos clave que han tocado los diputados locales es la forma en la que el delito de ciberasedio en Puebla será investigado.
De acuerdo con la nueva propuesta de reforma, el delito de ciberasedio se perseguirá a petición de la parte afectada.
Sin embargo, si la víctima es niña, niño, adolescente, persona con discapacidad o exista una relación de autoridad subordinación, se investigará de oficio.
Servidores públicos no podrán denunciar ciberasedio por críticas
Otro punto central de la propuesta analizada es la exclusión de quienes podrían denunciar el delito de ciberasedio en Puebla.
En caso de aprobarse, quedarían excluidas las manifestaciones o críticas que estén orientadas a satisfacer un interés público, para garantizar el desarrollo democrático o trate del escrutinio de cualquier órgano del Estado o persona servidora pública.
Tampoco serán denunciables todas aquellas expresiones emitidas en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión.
La expresiones protegidas de este delito serán las que estipuladas en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Tratados Internacionales en la materia y demás disposiciones aplicables.













