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Conducción temeraria en Puebla se castigaría con cancelación de licencia hasta por 5 años

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En 60 segundos

La propuesta busca crear la figura legal de “conducción temeraria”, aplicable a cualquier vehículo motorizado. La diputada local María Fernanda de la Barre…

La propuesta busca crear la figura legal de “conducción temeraria”, aplicable a cualquier vehículo motorizado.

La diputada local María Fernanda de la Barreda Angón presentó una reforma para retirar licencias de conductor por conducción temeraria en Puebla.

La legisladora del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) presentó una iniciativa para reformar la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla.

El objetivo de la iniciativa de reforma es castigar la conducción temeraria y retirar licencias a conductores reincidentes.

La propuesta busca crear la figura legal de “conducción temeraria”, aplicable a cualquier vehículo motorizado.

La ley tipificaría la conducción temeraria como:

“La operación de cualquier vehículo motorizado en vía pública, espacio de uso público o área abierta al tránsito, mediante maniobras, velocidad, invasión de zonas protegidas, competencia, intimidación vial, uso de distractores, conducción bajo efectos de alcohol, drogas, estupefacientes, psicotrópicos o medicamentos que afecten la capacidad de conducir, o cualquier otra conducta objetivamente peligrosa, cuando por las circunstancias de tiempo, modo y lugar se ponga en riesgo real la vida, integridad física o bienes de terceras personas”.

Se establecen sanciones para quienes pongan en riesgo la vida de otras personas mediante maniobras peligrosas, exceso de velocidad, arrancones, invasión de ciclovías o banquetas, uso del celular al volante, conducción bajo efectos del alcohol o drogas, entre otras conductas.

La intención es que las autoridades puedan intervenir antes de que ocurra una tragedia vial y no únicamente después de accidentes con víctimas fatales.

La iniciativa plantea como primera sanción firme por conducción temeraria multas, cursos obligatorios de reeducación vial y suspensión temporal de la licencia de conducir de tres meses a un año.

En caso de reincidencia dentro de un periodo de tres años, la autoridad podría iniciar un procedimiento para cancelar temporalmente la licencia de uno a tres años.

En casos agravados como conducir alcoholizado, participar en arrancones o poner en riesgo a menores de edad, la cancelación podría aumentar hasta cinco años.

En la reforma se remarca que ninguna sanción podrá basarse únicamente en apreciaciones subjetivas de agentes viales.

Se deberá acreditar las conductas mediante pruebas objetivas como videos, cámaras de vigilancia, radares, fotografías, alcoholímetros, testimonios y reportes técnicos.

Asimismo, se contempla la creación de un registro estatal de sanciones firmes por conducción temeraria, reincidencias y cancelaciones de licencias.

Los municipios deberán armonizar sus reglamentos de tránsito y movilidad con las nuevas disposiciones en un plazo máximo de 180 días.

Esta iniciativa de reforma fue turnada a la Comisión de Transportes y Movilidad para su estudio y dictamen respectivo.

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