En 60 segundos
En 2025 se han registrado 910 denuncias por conductas de hostigamiento digital, y el 93.84 por ciento ya cumplen con los criterios de este tipo penal.
Las penas por el delito de ciberasedio no buscan limitar la libertad de expresión en el estado de Puebla, aseguraron expertos durante el foro de la ley de ciberseguridad.
Este día, se llevó a cabo el segundo foro sobre la ley de ciberseguridad en el congreso de Puebla, con la participación de periodistas, asociaciones, protectores de derechos. Como la libertad de expresión, a la verdad, entre otros.

Juan Carlos Pérez Vallejo, director general de Servicios Técnicos de la Fiscalía General del Estado, comentó que tras la aprobación de la Ley de Ciberseguridad las denuncias por ciberasedio en Puebla aumentaron.
En lo que va de 2025, se han registrado 910 denuncias por conductas de hostigamiento digital, de las cuales el 93.84 por ciento ya cumplen con los criterios de este tipo penal.
Resaltó la importancia de contar actualizar el marco legal y tener herramientas legales para atender a las víctimas.
En su intervención, sostuvo que la reforma para tipificar el delito de ciberasedio no vulnera la libertad de expresión de periodistas y activistas en Puebla.
“Todos los días atendemos conductas que hasta ahora no era posible tipificar… por eso es tan importante tener ya la figura en la legislación”, apuntó.
Por otra parte, Juan Jesus Gutiérrez Estrada, magistrado presidente de la Segunda Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia de Puebla. Consideró que las denuncias por ciberasedio en contra de periodistas y activistas no procedían en juzgados.
Explicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya emitió jurisprudencia para defender y salvaguardar la sátira política que se hace en redes sociales.
Asimismo, Jocelyn San Martín Rosas, directora de la Policía Cibernética, comentó que los más expuestos a ser víctimas son los menores de edad. Por lo que si se requiere tipificar el ciberasedio en Puebla.
En tanto, Shanin David George, responsable del Observatorio “Con Los Ojos Abiertos” por el Derecho a la Verdad de la Universidad Iberoamericana Puebla. También se pronunció a favor de la tipificación de este delito.
No obstante, señaló que la redacción del artículo 480 del Código Penal, referente al delito de ciberasedio, es ambigua y abierta a la mala interpretación.
Expresó que, a pesar de qué este delito no pueda proceder en juzgados en contra de periodistas y activistas, servirá como herramienta. Esto para inhibir cuestionamientos en contra de funcionarios y servidores públicos en redes sociales y para bajar contenidos que consideren “ofensivos”.
La panelista planteó que se cambie la redacción de ese artículo para que sea más claro y específico el delito de ciberasedio en Puebla.
El funcionario señaló que la existencia del delito de ciberasedio en Puebla permite a la Policía Cibernética canalizar de forma adecuada situaciones como el hostigamiento. Así como la difusión no autorizada de datos personales o la exposición repetitiva en plataformas digitales.

La Ley de Ciberseguridad, aprobada por el Congreso del Estado, reconoce estas conductas y establece las bases para su investigación y sanción. La figura de ciberasedio también ha sido defendida por autoridades legislativas como una herramienta para ampliar la protección de los derechos digitales en el estado.
Ley de Ciberasedio no es retroactiva
Aunque la nueva reglamentación promete mejorar el procesamiento de los casos, la diputada Laura Artemisa declaró este lunes a medios de comunicación que la redacción de la ley no contempla que sea retroactiva, así que los casos deberán presentar pruebas a partir de la entrada en vigor.











