El Partido Acción Nacional (PAN), propuso sancionar hasta con 108 mil pesos de multa los actos anticipados de precampaña y campaña en Puebla.
El diputado Rafael Micalco Méndez presentó una iniciativa para darle al Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) la facultad para sancionar estas conductas.
En la sesión del Pleno del 17 de octubre, el legislador planteó reformar el artículo 89 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado.
En las consideraciones de su iniciativa, dijo que es necesario garantizar que no se se haga uso del poder o dinero público a favor o en contra de cualquier partido político, coalición, candidato o candidata.
Asimismo, mencionó que se debe evitar la promoción personal ilegal de carácter político de quienes ostentan un cargo en cualquiera de los niveles de gobierno municipal, estatal y federal.
Una respuesta del @trielecpue que no tiene ni pies ni cabeza; primero dicen desconocer los motivos por los que el @CongresoPue nombra consejos municipales, acto seguido habla a nombre del @CongresoPue para justificar dicha acción. Además con faltas de ortografía!!! 🤷♂️. Yo creo… https://t.co/Qyo4FjCo0n
— RAFAEL MICALCO (@rafamicalco) October 18, 2024
Por ello, consideró establecer que el Consejo General del IEE no solo pueda vigilar las actividades de los partidos políticos, sino que se investigue y sancione de manera inmediata las conductas ilegales en las que puedan incurrir.
¿Qué propone el PAN que sea multado como acto anticipado de campaña en Puebla?
De acuerdo con la iniciativa, el diputado del PAN propone darle facultades al Consejo General del IEE para que investigue y sancione actos anticipados de precampaña y campaña.
En ese sentido, plantea que el Consejo General del IEE investigará y sancionará de manera inmediata, a partidos políticos, militantes y funcionarios públicos por violar los principios de neutralidad y equidad.
Con ello, sería considerado como un acto de promoción personal en el estado de Puebla la pinta, publicación, fijación, colocación y difusión, de escritos, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones de carácter político.
Estos actos deberán tener el nombre o imagen del militante o funcionario público para ser considerados promoción personalizada y acto anticipado de campaña.
Por esta infracción al responsable se le impondrán multas de entre 100 a 1000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que equivale entre 10 mil 857 hasta 108 mil 570 pesos.
La sanción sería aplicable, de acuerdo a la iniciativa, al responsable o responsables físicos de la colocación de la propaganda; al militante o funcionario público que se vea beneficiado con dicha publicidad; así como a los partidos políticos por omitir retirar la propaganda.
Además de las multas económicas, quienes sean responsables retirarán de inmediato la propaganda y cubrirán la reparación de los daños causados por la pinta, fijación, colocación y difusión ilegal de la propaganda.