El Congreso del Estado de Puebla iniciará formalmente el análisis de la solicitud de revocación de mandato presentada contra la presidenta municipal de Acatlán de Osorio, Guadalupe Bárcenas, informó el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Pavel Gaspar.
En rueda de prensa, el legislador explicó que el recurso fue recibido el pasado viernes por la Secretaría General del Congreso y que el siguiente paso será dar cuenta del asunto ante el Pleno durante la sesión ordinaria del próximo 25 de junio para su posterior turno a la comisión correspondiente, previsiblemente la de Gobernación y Puntos Constitucionales.
Pavel Gaspar enfatizó que la recepción de la solicitud no significa una resolución inmediata ni la remoción automática de la alcaldesa, sino únicamente el inicio de un procedimiento legal.
“Este acto constituye formalmente el inicio de un procedimiento y no una resolución automática. Este es el arranque de un procedimiento muy puntual”, señaló.
El diputado destacó que todas las solicitudes de revocación de mandato reciben el mismo tratamiento jurídico, sin importar el municipio o la autoridad involucrada, y recordó que casos similares, como el de Zapotitlán de Méndez, han seguido la misma ruta legal.
Detalló que, una vez que el expediente sea turnado a comisión, los diputados definirán una metodología de trabajo para su análisis, solicitarán pruebas y toda la información que consideren necesaria para determinar si existen o no las causales graves previstas en la Ley Orgánica Municipal.
Asimismo, indicó que tienen conocimiento de que entre los acuerdos alcanzados en las mesas de trabajo entre el Cabildo de Acatlán y la Secretaría de Gobernación estatal se encuentra la realización de una auditoría externa, cuyos resultados también podrían formar parte de la valoración legislativa.
Por su parte, el director jurídico del Congreso, Jesús Juárez Lezama, precisó que la legislación no establece plazos específicos para resolver un procedimiento de esta naturaleza debido a la complejidad y trascendencia de los derechos y la gobernabilidad que están en juego.
Explicó que la revocación de mandato es una medida excepcional que requiere acreditar causas graves y que el Congreso no puede actuar únicamente con base en señalamientos o manifestaciones de las partes involucradas.
“No hay tiempos establecidos dentro de la ley. Hay criterios de la Corte y la propia Ley Orgánica determina que son causas graves y casos extremos, porque están de por medio derechos, la gobernabilidad y la paz social”, expuso.
Juárez Lezama subrayó que el Poder Legislativo tampoco sustituye a otras instancias competentes, por lo que en caso de existir posibles responsabilidades penales, administrativas o en materia de derechos humanos, deberán intervenir autoridades como la Fiscalía General del Estado, la Auditoría Superior del Estado o la Comisión de Derechos Humanos.
Además, advirtió que la sola presentación de una solicitud no acredita su procedencia, pues de lo contrario cualquier autoridad podría enfrentar procedimientos de revocación únicamente por señalamientos sin sustento.
“La simple presentación de una solicitud no actualiza la procedencia. Si fuera suficiente con la manifestación de dichos, cualquiera podría solicitar la revocación del mandato de cualquier autoridad”, sostuvo.
El funcionario agregó que, de encontrarse elementos suficientes, se iniciaría formalmente el procedimiento y se garantizaría el derecho de audiencia de la presidenta municipal para que presente pruebas y alegatos en su defensa antes de que el Congreso tome una determinación.














