La Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del Congreso local aprobó modificaciones relacionadas a la Reforma Fiscal de Puebla para facilitar los métodos de pago y restringir el destino de contribuciones.
En sesión de la comisión, los diputados aprobaron por unanimidad la reforma al Código Fiscal del Estado enviada por el gobernador Alejandro Armenta.
La reforma establece que los ingresos de contribuyentes podrán utilizarse con libertad para atender diversas necesidades gubernamentales.
“En ningún caso podrá destinarse una contribución a un fin específico, salvo en los casos que así lo dispongan las leyes fiscales del estado”, señaló.
En entrevista, la presidenta de la comisión, Lupita Vargas, explicó que esta reforma abre un mayor manejo de los ingresos que genera el estado de Puebla.
Refirió que, al no estar etiquetados para un rubro en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, se pueden ocupar para más áreas, no solo para un tema específico.
“Sólo los ingresos que no tienen etiqueta, que son un poco en libertad para atender diferentes circunstancias que tienen los gobiernos, por ejemplo el caso del ramo 33, el FORTAMUN, el FAISMUN, que son recursos que se transfieren de la Federación a los municipios, al no estar etiquetados, pueden destinarse a aquellas necesidades que el gobierno identifique en su momento”, comentó.
#Ahora | 💰 @LupitaVargasMx, presidenta de la Comisión de Hacienda del @CongresoPue, aclaró que la reforma al Código Fiscal facilita el uso de medios electrónicos de pago para contribuciones. 💻📱
— Periódico Acento 21 (@acento21cdmx) July 14, 2025
Esto beneficia a quienes viven fuera de la capital, evitando traslados… pic.twitter.com/oWvn48m54Y
Reforma Fiscal de Puebla: Elimina Oficinas Receptoras de Pago; trámites serán vía electrónica
Esta reforma elimina las Oficinas Receptoras de Pago y las sustituye por plataformas digitales y establecimientos autorizados.
Lupita Vargas explicó que estas modificaciones permiten a los contribuyentes cumplir sus obligaciones fiscales mediante medios electrónicos.

En caso de garantizar un crédito fiscal con un depósito, éste deberá hacerse directamente ante la Secretaría.
El decreto establece que los ingresos derivados de contribuciones no podrán destinarse a fines específicos, salvo que alguna ley fiscal estatal lo disponga expresamente. Esta disposición se alinea con el marco del Código Fiscal de la Federación.









