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Armenta envía al Congreso reforma fiscal de Puebla: restringe destino de contribuciones

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En 60 segundos

El gobernador señaló que se busca actualizar el marco jurídico fiscal para dar mayor certeza y seguridad jurídica a los contribuyentes.

El gobernador Alejandro Armenta Mier impulsa una reforma fiscal en Puebla para tener transparencia al destino de las contribuciones.

Durante la pasada sesión ordinaria del Pleno, el coordinador del gabinete estatal, José Luis García Parra, envió la iniciativa de reforma al Código Fiscal del Estado.

En las consideraciones, el gobernador señaló que se busca actualizar el marco jurídico fiscal para dar mayor certeza y seguridad jurídica a los contribuyentes.

Sostuvo que la propuesta se alinea con el Plan Estatal de Desarrollo 2024-2030, en cuanto a sostenibilidad fiscal y un gobierno transparente.

Restricción al Destino Específico de las Contribuciones

Esta reforma establece la precisión de que los ingresos provenientes de contribuciones no podrán destinarse a un fin específico.

Los programas, contratos, concesiones, acuerdos y cualquier otro acto en los que se afecte un ingreso estatal a un fin específico, deberán ser autorizados por el Gobernador o la Gobernadora del Estado y dados a conocer por la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.

“En ningún caso podrá destinarse una contribución a un fin específico, salvo en loscasos que así lo dispongan las leyes fiscales del Estado.

Esta modificación al Código Fiscal local busca una asignación más flexible y global de los recursos recaudados por las autoridades estatales.

Durante la pasada sesión ordinaria del Pleno, el coordinador del gabinete estatal, José Luis García Parra, envió la iniciativa de reforma al Código Fiscal del Estado.
Durante la pasada sesión ordinaria del Pleno, el coordinador del gabinete estatal, José Luis García Parra, envió la iniciativa de reforma al Código Fiscal del Estado.

Eliminarán Oficinas Receptoras de Pago Directo

La iniciativa busca la modernización de la recaudación fiscal al eliminar las Oficinas Receptoras de Pago como centros directos para la recaudación de contribuciones.

Esta decisión toma en cuenta la creciente autorización y facilidad de uso de medios electrónicos y establecimientos autorizados para el pago.

A partir de la entrada en vigor de la reforma, el pago de contribuciones, productos y aprovechamientos deberá realizarse en Instituciones Bancarias, Establecimientos Autorizados o a través de medios electrónicos.

Aunque estas oficinas dejarán de ser puntos de cobro directo, las Oficinas Recaudadoras y de Orientación y Asistencia al Contribuyente seguirán existiendo y servirán para otros trámites.

Por otra parte, los contribuyentes podrán solicitar su inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes ante estas oficinas.

Además, las autoridades fiscales podrán ampliar su horario de atención al público en ellas, especialmente en días de vencimiento de plazos.

Delimitarán de la Garantía del Interés Fiscal

La reforma introduce claridad respecto a la garantía del interés fiscal, señalando que, cuando esta se realice mediante un depósito en dinero, deberá efectuarse directamente en la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.

La Secretaría también será la beneficiaria de fianzas otorgadas por instituciones autorizadas.

En los depósitos directos, las autoridades fiscales, a través de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, tendrán facultades para gestionar de forma más activa los créditos fiscales.

Esto incluye la capacidad de inmovilizar y transferir recursos de cuentas bancarias o de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo para cubrir adeudos fiscales firmes.

En caso de que un contribuyente considere que el monto transferido es superior al crédito fiscal, podrá demostrarlo ante la Secretaría para solicitar la devolución del excedente.

La iniciativa de reforma fue turnada a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal era su estudio y dictaminación.

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