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Solo jueces federales pueden pedir datos a empresas telefónicas: CJF

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En 60 segundos

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) emitió una resolución en la que establece que las empresas telefónicas solo deben proporcionar los datos personal…

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) emitió una resolución en la que establece que las empresas telefónicas solo deben proporcionar los datos personales de sus usuarios a los jueces federales que lo soliciten, como medida de protección de la privacidad y el debido proceso. 

La resolución se basa en el artículo 16 constitucional, que señala que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, así como en el artículo 133 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que establece que las empresas telefónicas deben colaborar con las autoridades competentes que requieran información relacionada con las comunicaciones de sus usuarios. 

El CJF consideró que las autoridades competentes son aquellas que tienen facultades para ordenar y practicar actos de investigación, es decir, los jueces federales, y no otras autoridades administrativas o ministeriales que puedan solicitar los datos personales de los usuarios sin una orden judicial. 

La resolución del CJF busca garantizar el respeto al derecho a la privacidad, el principio de presunción de inocencia y el debido proceso de las personas que son objeto de investigaciones penales, así como evitar el uso indebido o ilegal de los datos personales por parte de las autoridades o terceros. 

La resolución del CJF fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 15 de noviembre y entró en vigor al día siguiente. 

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