En una sesión histórica, el Congreso de Puebla aprobó la despenalización del aborto en el estado hasta antes de las 12 semanas de gestación, en una jornada marcada por el caos en las inmediaciones del Poder Legislativo.
Aunado a ello, los diputados locales, redujeron las penas por la interrupción del embarazo posterior a este periodo a un máximo de un año de cárcel.
El resultado final + registró 29 votos a favor, cuatro abstenciones y siete votos en contra de la bancada del PAN, principalmente.
Los diputados que se opusieron a eliminar la criminalización contra las mujeres fueron Mónica Rodríguez Della Vecchia, Rafael Micalco Méndez, Karla Rodríguez Palacios, Miguel Espinoza De los Monteros Gil y Nancy Jiménez Morales del Partido Acción Nacional (PAN), Pablo Pérez Maceda del PSI y Estrella Tamé Macías de Morena.
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El diputado del PAN, Miguel Espinoza de los Monteros Gil solicitó un minuto de silencio “por todos los bebés que han sido asesinados en el vientre de sus madres y también por todos los bebés que van a ser asesinados en Puebla de concretarse esta regresiva reforma”.
Estas fueron las modificaciones al Código Penal para despenalizar el aborto en Puebla
La reforma aprobada modifica significativamente varios artículos del Código Penal del Estado de Puebla:
- Artículo 339: Define el aborto como “la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”.
- Artículo 340: Establece que se impondrán de seis meses a un año de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta que otro la haga abortar después de las doce semanas de embarazo.
Despenalizar el aborto, no es promover la interrupción del embarazo: Alejandro Armenta