El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) desconoce la razón por la que el Congreso local nombró al Concejo Municipal de Venustiano Carranza.
El abogado electoral Gerardo Sarabia exhibió el informe que le entregó el tribunal local al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
A través de sus redes sociales, el representante del candidato en Venustiano Carranza, Marco Valencia Ávila, publicó parte de la respuesta del TEEP.
En la respuesta, el TEEP indicó que no hubo una notificación formal de su parte para el Congreso local sobre la nulidad de la elección en Venustiano Carranza.
Sin embargo, el tribunal argumentó que los nombramientos que hicieron pudieron surgir al tener conocimiento de la sentencia que emitieron porque sus sesiones son transmitidas en vivo.
“Contrario a las manifestaciones del promovente federal, este Tribunal desconoce los motivos formales y jurídicos por los que el H. Congreso del Estado de Puebla realizó dichos nombramientos, sin embargo, suponiendo sin conceder, el legislativo lo hizo en atención a que las sesiones de este Tribunal son transmitidas en vivo y en consecuencia, dicho órgano legislativo pudo tener conocimiento de las determinaciones adoptadas por este Organismo Jurisdiccional”, apunta el documento.
El TEEP indicó que el Pleno del Congreso fue convocado para la designación de los Ayuntamientos de Ayotoxco de Guerrero y Xiutetelco, por lo que, probablemente, utilizaron el mismo medio para realizar la “inminente” designación de los Concejos Municipales.
Agregaron que las designaciones en Chignahuapan y Venustiano Carranza fue con la intención de evitar un estado de ingobernabilidad en dichos municipios debido a que se decretó la nulidad de las elecciones a las 23:00 horas del 14 de octubre.
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Alcaldes electos sabían de las sentencias, dice el TEEP
El TEEP agregó que los alcaldes electos tuvieron “pleno conocimiento” de la sentencia del tribunal desde desde que se desarrollaba la sesión de las impugnaciones en Venustiano Carranza y Chignahuapan.
“Resultó un hecho notorio por ser de conocimiento público a través de los medios de comunicación, en atención al principio constitucional de máxima publicidad, con los que cuenta este Tribunal, por lo que contrario a lo que manifiesta el quejoso, ya era un hecho consumando”, sostuvo el TEEP.
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Asimismo, el tribunal local agregó que la impugnación en Venustiano Carranza “es a todas luces improcedente” porque se pretende revertir una resolución que no afecta el interés jurídico del demandante porque no es un acto “consumado de un modo irreparable”.
Congreso actuó apegado a derecho
La presidenta del Congreso local, Laura Artemisa García Chávez, sostuvo que los diputados actuaron apegados a derecho al designar los concejos municipales.
En entrevista, señaló que ya existía una sentencia del tribunal electoral local en donde se anulaban las elecciones.
Agregó que no podían dejar en incertidumbre la situación en Venustiano Carranza y Chignahuapan, por lo que nombraron concejos municipales.