En 60 segundos
La Comisión de Justicia del PAN determinó que las expresiones denunciadas por Gabriela Ruiz constituyeron violencia política contra las mujeres en razón de…
Sumario:
Guadalupe Juárez Guarneros
La Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) determinó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género en contra de Gabriela Ruiz Benítez, actual dirigente municipal del PAN en Puebla capital, y señaló como responsables a las panistas María Guadalupe Leal Rodríguez y Martha Patricia Thome Andrade.
La resolución corresponde al expediente CJ/PVPG/018/2025, promovido por Gabriela Ruiz, quien denunció expresiones que, desde su perspectiva, buscaban descalificarla y menoscabar su imagen durante el proceso interno para renovar la dirigencia municipal panista.
El documento fue notificado por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN a las 16:00 horas del 17 de septiembre de 2026, mediante estrados físicos y electrónicos.
De acuerdo con la resolución, el órgano de justicia partidista declaró que sí se acreditó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género y ordenó a las dos denunciadas cumplir con medidas de reparación integral y garantías de no repetición.
El caso se originó durante la contienda interna por la dirigencia del Comité Directivo Municipal del PAN en Puebla, en noviembre de 2025. En ese contexto, se cuestionaron públicamente las condiciones en las que Gabriela Ruiz participaba en la elección y se utilizaron expresiones relacionadas con el término “Juanitas”, utilizado para referirse a mujeres que, presuntamente, ocuparían una candidatura o cargo mientras un hombre estaría detrás de las decisiones políticas.
La Comisión de Justicia consideró que ese tipo de expresiones constituyeron violencia verbal y simbólica, al reproducir estereotipos relacionados con la supuesta falta de autonomía, voluntad o capacidad de las mujeres para ejercer por sí mismas un cargo de dirección partidista.
En el caso de Lupita Leal, la resolución acreditó expresiones en las que sostuvo que las mujeres no necesitaban tener detrás a un hombre que les indicara cómo participar, mientras que respecto a Patricia Thome se acreditaron señalamientos relacionados con que las mujeres no debían permitir ser “Juanitas” ni colocarse al frente de una candidatura mientras un hombre pretendiera tomar las decisiones del Comité.
Como parte de las medidas ordenadas, las denunciadas deberán cumplir con acciones de reparación y garantías de no repetición, entre ellas evitar expresiones que reproduzcan estereotipos de género o cuestionen la autonomía y capacidad política de las mujeres.
Además, información publicada sobre la resolución señala que ambas deberán recibir capacitación en materia de violencia política de género, perspectiva de género, violencia verbal y simbólica, estereotipos de género en la política e igualdad sustantiva.
El conflicto se dio en medio de un proceso interno marcado por la disputa por la dirigencia municipal del PAN en Puebla capital. La elección anterior había sido anulada por el Tribunal Electoral debido a que no se garantizó la alternancia de género, por lo que el partido tuvo que reponer el procedimiento.
Con esta resolución, el órgano nacional de justicia partidista establece formalmente que las expresiones denunciadas contra Gabriela Ruiz constituyeron violencia política contra las mujeres en razón de género, y fija medidas para evitar que este tipo de conductas se repitan dentro del partido.










