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SEMARNAT autoriza ampliación a cinco carriles de autopista Puebla-Acatzingo

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En 60 segundos

SEMARNAT aprobó la manifestación de impacto ambiental debido a que no se harán afectaciones a la flora y fauna de la zona intervenida.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) autorizó la ampliación a cinco carriles de la autopista Puebla-Acatzingo.

El proyecto de Caminos y Puentes Federales (CAPUFE) contempla la intervención de un tramo de 13 kilómetros.

SEMARNAT aprobó la manifestación de impacto ambiental debido a que no se harán afectaciones a la flora y fauna de la zona intervenida.

Esta intervención se llevará a cabo del municipio de Puebla al de Amozoc, del cadenamiento 129+460 al 144+377.83.

Dentro de los trabajos se contempla la ampliación y/o sustitución de obras de drenaje y ampliación de puentes.

Los puentes y entronques que se contempla intervenir en este proyecto carretero son los de Xonacatepec y de Amozoc.

También se prevé la reubicación de la caseta de cobro No. 28 Amozoc, así como obras provisionales.

La caseta de Amozoc de la autopista Puebla-Acatzingo será reubicada en el kilometro 141+900 y 142+000 de la autopista Puebla-Orizaba.

Asimismo, la saeta tendrá con sentido a Puebla 12 estaciones de cobro y 12 hacía Acatzingo, para acelerar el paso de los usuarios.

Actualmente el tramo en estudio de la autopista Puebla-Acatzingo es de cuatro carriles de circulación dos por sentido, con acotamiento cuya sección predominante es de tipo terraplén en la mayoría del tramo en evaluación.

La superficie de rodamiento del tramo analizado está compuesto por una base de una carpeta de concreto asfáltico.

Una vez finalizado los trabajos de ampliación se tendrán 5 carriles por cuerpo del cadenamiento 129+460 al 137+500.

Por otra parte, del 137+500 al cadenamiento 144+377.83 será ampliado a 4 carriles por cuerpo, detalla el proyecto.

La vigencia del permiso es de cinco años para llevar a cabo las actividades de preparación del sitio y construcción, y de 30 años para la operación, mantenimiento y abandono del proyecto.

El primer plazo iniciará a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la presente Resolución Administrativa y el segundo al día siguiente de concluido el primer plazo.

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