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La SCJN confirmó que hijos mayores de edad pueden exigir pensión alimenticia retroactiva si no la recibieron de menores. La obligación es imprescriptible.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado que los hijos mayores de 18 años tienen el derecho de reclamar pensión alimenticia retroactiva. Esta decisión se aplica cuando un progenitor no cubrió las necesidades de su hijo durante la infancia, según informó Xataka México.
El criterio fue establecido el 1 de febrero de 2017, cuando la Primera Sala de la SCJN resolvió, por mayoría de votos, el amparo directo en revisión 1388/2016. La base de este razonamiento es que la obligación alimentaria se considera imprescriptible.
Criterios para la determinación de la pensión
Para establecer el monto de la pensión, los jueces deben considerar varios factores. Entre ellos, si el progenitor tenía conocimiento del embarazo o del nacimiento, su buena o mala fe durante el proceso judicial y su capacidad económica. Además, corresponde al progenitor demostrar que existieron razones justificadas para no haber contribuido económicamente desde el nacimiento del menor.
El demandante, por su parte, debe acreditar ante un juez familiar que alcanzó la mayoría de edad sin haber recibido la pensión correspondiente. La Corte ha reiterado que cada resolución dependerá de las circunstancias particulares, por lo que cada caso debe ser revisado individualmente.
Caso reciente en Guanajuato
Un ejemplo de la aplicación de este criterio ocurrió el 7 de enero de 2026, cuando la SCJN resolvió un caso originado en Guanajuato. En este litigio, una madre reclamó en representación de su hija menor. La Corte determinó que el apoyo económico recibido de un abuelo materno no exime al padre biológico de su obligación de pagar la pensión de manera retroactiva.
¿Qué significa que la obligación alimentaria sea imprescriptible? Significa que no existe un plazo legal para reclamar el pago de la pensión alimenticia que no fue cubierta en su momento. ¿Qué debe probar un hijo mayor de edad para reclamar la pensión? Debe acreditar ante un juez familiar que no recibió la pensión durante su minoría de edad. ¿Qué factores consideran los jueces para fijar el monto? Los jueces evalúan el conocimiento del progenitor sobre el nacimiento, su conducta durante el proceso y su capacidad económica.
Con información de: xataka.com.mx.











