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Estos son los requisitos que los dueños de grúas deberán cumplir en Puebla para dar servicio.

El gobierno de Puebla regulará el servicio que ofrecen las grúas y para ello se emitieron los lineamientos que los dueños deben cumplir para dar el servicio.

Esta información fue emitida por la Secretaría de Movilidad y Transporte y deberán cumplirse antes del 26 de agosto de este año.

Los dueños de las unidades deben presentar documentación y al mismo tiempo equiparlas con extintores, torreta de luz ámbar y las listas de precios deben ser visibles.

Al mismo tiempo se enlistaron requisitos que deberán cumplir para el otorgamiento de concesión de depósito de vehículos
Requisitos para solicitar la concesión y permiso de servicios auxiliares de arrastre, arrastre y salvamento, y depósito de vehículos:

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Para personas físicas:

1. Solicitud por escrito.
2. Acta de nacimiento original.
3. Clave Única de Registro de Población (CURP).
4. Identificación oficial vigente.
5. Comprobante domiciliario con antigüedad no mayor a dos meses.
Para personas morales:
1. Solicitud por escrito.
2. Copia certificada del acta constitutiva.
3. Documento que conste las facultades del representante legal ante notario público.
4. Escritura constitutiva con la prestación del servicio de grúas como actividad principal.
5. Identificación oficial vigente del representante legal.
Documentos obligatorios para personas físicas y morales:
1. Cuatro unidades tipo Grúa (A, B, C, D).
2. Cumplir con las características y especificaciones técnicas y de seguridad de la NOM-053-SCT-2-2010.
3. Sistema de elevación o plataforma para el traslado o arrastre de vehículos.
4. Torreta con luz ámbar, intermitente o giratoria de 360 grados, visible a 150 metros desde cualquier ángulo.
5. Lámparas que emitan luz blanca en ambos extremos del marco de la estructura.
6. Sistema de enganche.
7. Extintores de tipo A, B, C de 2 kilos.
8. Triángulos de seguridad y equipo de señalización vial.
9. Lista de tarifas visible para las personas usuarias.
10. Revista vehicular anual en modalidad de revisión físico-mecánica.
11. Especificar la ruta a la que aspiran, incluyendo nombre, número de carretera, ruta, kilómetro inicial y final, y si la vía es de cuota o libre acceso.
Requisitos para el otorgamiento de concesión de depósito de vehículos:
Para personas físicas:
1. Acta de nacimiento original.
2. Clave Única de Registro de Población (CURP) no mayor a tres meses.
3. Carta de antecedentes no penales.
4. Identificación oficial vigente.
5. Comprobante domiciliario con antigüedad no mayor a dos meses.
Para personas morales:
1. Copia certificada del acta constitutiva con la prestación del servicio de grúas y depósito de vehículos como actividad principal.
2. Documento que conste las facultades del representante legal.
3. Identificación oficial del representante legal.
4. Comprobante de domicilio fiscal.
Documentos obligatorios adicionales para depósito de vehículos:
1. Predio con una superficie mínima de 4 mil metros cuadrados.
2. Barda perimetral con instalación eléctrica.
3. Oficinas administrativas.
4. Infraestructura para atención al público.
5. Recursos humanos, materiales, financieros y técnicos necesarios.
6. Línea telefónica e internet.
7. Terreno con piso compactado.
8. Medios de pago electrónico.
9. Infraestructura para atención al público y sanitarios.
10. Tarifas autorizadas visibles al público.
11. Rotulación del depósito vehicular.
12. Sistema de vigilancia con dispositivos o medios tecnológicos.

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