¿Reformar al poder judicial?
Por Paola Migoya
Nuestra Constitución en el Artículo 17. Establece “Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.”
Debemos de asumir una actitud responsable en torno a la reforma del poder judicial, si bien estoy absolutamente a favor de una reforma, debemos de ser cuidadosos para no trastocar el espíritu de la naturaleza del poder judicial.
Y por eso mismo, debemos desmenuzar muy bien los objetivos y elementos cualitativos y cuantitativos que deben de tener esta reforma, que no es cosa menor.
Lo primero, que deberíamos de hacer es entender como está conformado nuestro sistema judicial, la mayoría de las personas, ignoran como se conforma, cuáles son las atribuciones etc.
El reclamo es “queremos justicia” y es sumamente entendible, todos queremos justicia.
Por eso, cuando a los ciudadanos mediante encuesta se les pregunta, si quieren la reforma, pues claro que sí. Todos los que somos abogados nos aprendimos de memoria la definición de Ulpiano de justicia. justicia es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que le corresponde
La reforma tiene que partir de un diagnóstico claro y puntual, pero también establecer los objetivos a alcanzar, no como meros dichos, es decir letra muerta, si no la oportunidad de impartir justicia y llevar conceptos como la justicia restaurativa a una realidad.
La sociedad, usuaria de los tribunales, debe de entender el entramado institucional de nuestro poder judicial; hay poderes judiciales locales, poderes judiciales de la federación, tribunales especializados en distintas materias, como, por ejemplo; los tribunales agrarios, administrativos y laborales.
Pero también las fiscalías, procuradurías, defensorías y defensores de Derechos Humanos, de los cuales, en la reforma planteada, no se toman en cuenta.
La especialización de los tribunales federales en la República Mexicana tiene larga data. Las materias de especialización en el Poder Judicial Federal mexicano han ido creciendo, encontrándose las siguientes: penal; administrativa; civil; mercantil; penal y administrativa; civil y de trabajo; administrativa y de trabajo; penal y de trabajo; administrativa y civil; civil, administrativa y de trabajo; amparo, civil, administrativa, de trabajo y juicios federales; competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones; procesos penales federales; amparo en materia penal; juicios federales; mercantil especializados en juicios de cuantía menor; cateos, arraigos e intervención de comunicaciones; ejecución de penas; y amparo en materia penal especializado en el sistema penal acusatorio. El Poder Judicial Federal tiene 767 tribunales federales de los cuales 444 son especializados y 152 tienen su residencia en la Ciudad de México.
Una reforma para que de justicia y atienda los reclamos de la sociedad agraviada por la falta de justicia, debe de estar encaminada a RESOLVER LOS PROBLEMAS DE RAÍZ.
Por ello, el primer punto seria la reforma al 102 Constitucional, es inminente que las fiscalías tengan autonomía absoluta, que cuenten con patrimonio y presupuesto propio.
Dentro del proceso de transformación profunda que vive el país, es necesario hacer una reingeniería institucional y dotar de instrumentos con la idea y fines que caracterizan al principio transformador que acertadamente ha iniciado el presidente Andrés Manuel López Obrador a través de la cuarta transformación.
El tema central sigue siendo, EL ACCESO A LA JUSTICIA. Una justicia asequible, expedita y gratuita.
Si bien los medios procesales que se hacen valer ante los tribunales siguen siendo, jurídicamente hablando, el instrumento más poderoso para la protección de los derechos de la persona, quienes han estudiado los problemas del “acceso a la justicia” nos han hecho ver que existen circunstancias de orden sociológico e institucional que impiden o dificultan el recurso a esos órganos. Así, por ejemplo:
- La naturaleza del conflicto con la autoridad (u otros particulares), que requiere una intervención rápida que busque la conciliación antes que llegar a la solución extrema del “todo o nada”;
- La cultura jurídica, que influye en la imagen que se tiene de la justicia y, por consiguiente, en las probabilidades de acudir a ella;
- El costo económico de acudir a juicio, aunque la justicia sea formalmente gratuita eso no es así;
- La sobrecarga de trabajo de los tribunales
- La Corrupción que impera en los tribunales.
Todas estas circunstancias (especialmente las dos últimas) han promovido en los países occidentales avanzados la creación de instituciones de “justicia informal” (como el ombudsman) o de “solución alternativa de controversias” (como el arbitraje, particularmente en materia comercial), con el fin de complementar la justicia formal, y hoy en día, plataformas especializadas de IA que se podrían instrumentar para ello.
Que debe de garantizar un sistema judicial.
Un acceso irrestricto a la justicia, que por ende dote de certeza jurídica al usuario y por lo tanto de estabilidad y confianza al poder judicial.
Con ello, se estaría abonando a eliminar en gran medida la impunidad que existe en nuestro país, y la desigualdad en los distintos ámbitos de impartición de justicia que existen, es decir las diversas instancias que son laberintos complejos de entender para un simple mortal.
Por ello insisto, que tenemos la gran oportunidad de reformar profundamente nuestro sistema, y llevar a cabo el anhelo que se ha perseguido desde tiempos de Ulpiano, la justicia, acabar con la impunidad, pero para ello, debemos de partir de los diagnósticos y diseñar con cautela y cuidado, la funcionalidad del poder judicial para que cumpla su objetivo.
Bien vale la pena tomarse el tiempo de construir una reforma robusta acorde a los principios morales y transformadores de la 4T.