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Congreso de Michoacán aprueba la despenalización del aborto

El Congreso del Estado de Michoacán aprobó el 10 de octubre una serie de reformas al Código Penal que despenalizan la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.

La votación final, con 27 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones, convierte a Michoacán en la decimoquinta entidad en el país en permitir esta práctica. A pesar de las objeciones de algunos grupos provida, la sesión fue llevada a cabo con éxito, respaldando la propuesta impulsada por el grupo parlamentario de Morena y apoyada en el plan Morelos del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla.

Reformas al Código Penal

Las modificaciones incluidas en el dictamen, elaborado por la Comisión de Justicia, reforman los artículos 118, 141, 142, 143 y 146 del Código Penal de Michoacán, y derogan los artículos 144 y 145, que imponían sanciones a quienes interrumpieran el embarazo, y a quienes fueran mujeres, personas gestantes o personal de salud.

En el artículo 118, se añadió un segundo párrafo que evita que la interrupción del embarazo se juzgue como homicidio en razón de parentesco o relación familiar. Por su parte, el artículo 141 ahora define el aborto como la interrupción del embarazo posterior a las 12 semanas de gestación.

Además, el artículo 143 establece sanciones de 10 a 20 años de prisión para quien practique un aborto sin consentimiento y de 20 a 40 años si se emplea violencia física o psicológica, con la suspensión profesional por el doble del tiempo de prisión.