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Avanza en comisiones Ley de ciberseguridad en Puebla: Buscan dar 8 años de prisión por usurpación de identidad

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Con oposiciones a tipificar el delito de ciberasedio, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado aprobó la ley de ciberseguridad en Puebla.

En sesión este 11 de junio, los diputados avalaron por mayoría el dictamen de la reforma propuesta por José Luis García Parra, coordinador de gabinete.

Las diputadas de Movimiento Ciudadano (MC) y Acción Nacional (PAN) manifestaron su rechazo a la iniciativa.

La legisladora del PAN, Susana Riestra Piña, criticó la tipificación del ciberasedio, ya que este delito no existe en el Código Penal local ni federal.

Además, sostuvo que la reforma implica una sobrelegislación en materia de ciberacoso, pues no hay diferencia clara entre ambos delitos.

Por su parte, la diputada de MC, Fedrha Suriano Corrales, se inconformó con la forma en que se dictaminan las reformas.

Afirmó que el Congreso no ha discutido la iniciativa que presentó en octubre para castigar el ciberacoso infantil en Puebla.

También acusó favoritismo hacia las reformas presentadas por Morena, mientras que las propuestas de oposición siguen pendientes.

La diputada del PVEM, Norma Pimentel Méndez, defendió la reforma al Código Penal.

Afirmó que se debe sancionar el acoso digital contra menores, ya que estos casos van en aumento.

Respaldó su postura con datos del INEGI: el 25 % de jóvenes poblanos de 12 a 18 años han sufrido ciberacoso.

Delitos que castigará la Ley de Ciberseguridad en Puebla

Esta reforma establece que la usurpación de identidad se castigará con penas de 6 a 8 años de prisión y multas de 1,000 a 2,000 UMAs.

La pena aumentará si el infractor se aprovecha de homonimia, parecido físico o utiliza tecnologías de la información, redes sociales, correo electrónico o espacios digitales.

Quien incurra en ciberacoso con fines sexuales contra menores, enfrentará de 15 meses a 5 años de prisión y multas de 70 a 500 UMAs.

Otros delitos incluidos en la ley:

  • Prestar servicios notariales sin patente o hacer publicidad ofreciendo esos servicios.
  • Intercambiar o cobrar vales o documentos falsos con conocimiento de causa.
  • Hacerse pasar por empleados de instituciones financieras para robar datos personales y obtener beneficios indebidos.

También se contempla el delito de espionaje digital. Quien acceda a un sistema informático sin autorización para obtener datos o documentos, enfrentará de 1 a 3 años de prisión y multas de 50 a 200 UMAs.

El ciberasedio será sancionado con penas de 11 meses a 3 años de prisión.

Esto aplica cuando se insulta, ofende o agrede de manera reiterada a alguien en redes sociales, correo electrónico o cualquier otro medio digital, causando daño a su integridad física o emocional.

Si la víctima es menor de edad, se presume afectación a su dignidad, y la sanción aumentará desde una tercera parte de la pena mínima hasta dos terceras partes de la pena máxima.

CR